CTM Guanajuato respalda cambios a la Modalidad 40 del IMSS; pide respetar derechos de trabajadores

Salamanca, Guanajuato.- La Confederación de Trabajadores de México (CTM) en Guanajuato expresó su respaldo a las modificaciones de la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), aunque reconoció que los trabajadores que consideren afectados sus derechos pensionarios pueden solicitar una revisión e incluso acudir a la justicia federal.

Hugo Varela Flores, dirigente de la organización sindical en el estado, señaló que las pensiones deben guardar relación con las aportaciones realizadas durante la vida laboral.

Su postura se dio en medio de las inconformidades generadas por las nuevas disposiciones de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, nombre oficial de la Modalidad 40.

Las modificaciones entraron en vigor este jueves 22 de octubre de 2026 y establecen nuevas condiciones para quienes busquen incorporarse o contratar nuevamente este esquema de cotización.

El dirigente sindical también llamó a revisar las prácticas de registro salarial de las empresas, pues consideró que declarar ante el IMSS ingresos inferiores a los realmente percibidos puede perjudicar a los trabajadores cuando llegue el momento de su jubilación.

CTM Guanajuato respalda las modificaciones a la Modalidad 40

Hugo Varela Flores manifestó su respaldo a los cambios anunciados por el IMSS.

El representante de la CTM consideró que el cálculo de las pensiones debe reflejar las aportaciones realizadas por los trabajadores durante su trayectoria laboral.

Desde su perspectiva, el debate no debe limitarse a la posibilidad de incrementar las aportaciones durante los últimos años previos al retiro.

También debe contemplar las condiciones en las que las personas fueron registradas ante el Seguro Social durante toda su vida laboral.

Varela Flores señaló que las centrales obreras tienen la responsabilidad de exigir mejores condiciones de cotización y revisar los mecanismos que influyen en el monto de las pensiones.

Su respaldo a las modificaciones no significa que descarte la posibilidad de que existan inconformidades individuales.

Por el contrario, sostuvo que cada situación debe analizarse conforme a los derechos y antecedentes del trabajador.

¿Qué cambió en la Modalidad 40 del IMSS en octubre de 2026?

El Consejo Técnico del IMSS aprobó el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG el 10 de octubre de 2026.

El documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre y entró en vigor al día hábil siguiente.

Las medidas son temporales y modifican principalmente las condiciones para nuevas incorporaciones a la Modalidad 40.

Uno de los cambios más importantes se encuentra en el salario base de cotización que puede elegirse al contratar este esquema.

Con las nuevas disposiciones, la persona deberá tomar como referencia el último salario base registrado cuando causó baja del régimen obligatorio.

El límite superior será ese último salario más el equivalente a una Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin que el importe pueda ser inferior al salario mínimo general aplicable.

Anteriormente, las personas que cumplían los requisitos podían elegir un salario de cotización mayor, dentro de los límites generales del sistema.

La nueva restricción modifica esa posibilidad para las solicitudes sujetas al acuerdo.

¿Quiénes conservarán las condiciones anteriores?

El acuerdo establece una diferencia entre quienes ya estaban inscritos y las personas que presenten una nueva solicitud.

Los trabajadores que se encontraban dentro de la Modalidad 40 al entrar en vigor las modificaciones podrán conservar sus condiciones hasta concluir el periodo contratado.

Esto significa que las nuevas disposiciones no cancelan automáticamente las condiciones de las inscripciones vigentes.

Sin embargo, cuando concluya el periodo correspondiente y la persona solicite una nueva incorporación, deberá atender las reglas aplicables a esa contratación.

Las semanas cotizadas y las aportaciones realizadas previamente conservarán sus efectos para el reconocimiento de los derechos pensionarios.

La medida tampoco implica que las pensiones ya otorgadas deban recalcularse automáticamente.

Hugo Varela Flores consideró importante distinguir entre los trabajadores que ya reciben una pensión y aquellos que todavía están realizando trámites o preparándose para jubilarse.

CTM pide que las empresas registren los salarios reales

Uno de los principales señalamientos del dirigente sindical estuvo relacionado con las obligaciones patronales.

Varela Flores sostuvo que las empresas deben registrar a sus trabajadores ante el IMSS con el salario que legalmente les corresponde.

Advirtió que reportar cantidades inferiores a las reales puede afectar el historial de cotización y, en consecuencia, el cálculo de las prestaciones relacionadas con la seguridad social.

La preocupación se concentra en que el monto de una pensión puede depender, entre otros factores, de los salarios registrados durante determinados periodos.

Cuando una persona aparece ante el Instituto con un salario menor al que debería integrar su cotización, sus derechos pueden verse perjudicados.

El dirigente planteó que las organizaciones sindicales deben prestar mayor atención a esta situación.

También señaló que los contratos colectivos de trabajo pueden revisarse para fortalecer las condiciones laborales y de seguridad social.

Aguinaldo, vacaciones y fondo de ahorro entran en la discusión

Varela Flores mencionó la necesidad de revisar cómo se integran las prestaciones laborales al salario utilizado para cotizar ante el IMSS.

Entre los conceptos que señaló se encuentran el aguinaldo, las vacaciones y los fondos de ahorro.

La legislación de seguridad social establece reglas específicas para determinar qué pagos y prestaciones forman parte del salario base de cotización.

No todas las prestaciones se incorporan de la misma manera ni en todos los casos.

Por ejemplo, el tratamiento de los fondos de ahorro depende de las condiciones en que se constituyan y de los requisitos legales correspondientes.

Por ello, el planteamiento del dirigente debe entenderse como un llamado a revisar la correcta integración salarial y las condiciones contractuales, no como la confirmación de que todos esos conceptos deban sumarse íntegramente en cualquier circunstancia.

La finalidad expresada por la CTM es que las aportaciones reflejen adecuadamente las condiciones laborales de los trabajadores.

Trabajadores inconformes pueden acudir a la justicia federal

Aunque respaldó las modificaciones, Hugo Varela Flores reconoció que existen personas preocupadas por las consecuencias de las nuevas reglas.

El dirigente consideró legítimo que los trabajadores busquen asesoría y recurran a las autoridades cuando estimen que sus derechos han sido vulnerados.

Entre las alternativas mencionó la posibilidad de promover un juicio de amparo.

Esta vía permite solicitar la intervención de la justicia federal frente a determinados actos de autoridad que una persona considere contrarios a sus derechos.

Sin embargo, la procedencia de un amparo depende de las circunstancias concretas del caso y de los requisitos legales aplicables.

No significa que todas las personas inconformes obtendrán automáticamente una resolución favorable.

Varela Flores insistió en que las situaciones deben revisarse individualmente, particularmente cuando existen derechos previamente reconocidos.

La CTM pide respetar los derechos adquiridos

El dirigente sindical sostuvo que los derechos adquiridos deben ser respetados.

También destacó que las modificaciones no deben aplicarse retroactivamente en perjuicio de los trabajadores.

El acuerdo del IMSS contempla expresamente la conservación de las condiciones vigentes durante el periodo contratado y el reconocimiento de las cotizaciones anteriores.

No obstante, la protección de derechos previamente reconocidos debe distinguirse de las expectativas sobre contrataciones futuras.

Una persona que planeaba ingresar a la Modalidad 40 bajo determinadas condiciones, pero que todavía no había formalizado su inscripción, puede encontrarse en una situación distinta de quien ya contaba con un periodo contratado.

Por ello, la fecha de inscripción y los antecedentes particulares resultan relevantes.

El representante de la CTM recomendó no asumir que todas las personas serán afectadas de la misma manera.

¿Qué es la Modalidad 40 del IMSS?

La Modalidad 40 es el nombre común de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.

Este mecanismo permite que determinadas personas que dejaron de trabajar bajo una relación laboral formal continúen realizando aportaciones al IMSS por cuenta propia.

Su finalidad es conservar y acumular semanas de cotización, además de mantener el registro salarial correspondiente para efectos pensionarios.

El esquema resulta especialmente relevante para trabajadores sujetos al régimen de pensiones de la Ley del Seguro Social de 1973.

En ese régimen, el número de semanas cotizadas, la edad de retiro y el salario promedio correspondiente influyen en el cálculo de la pensión.

Sin embargo, la utilidad de la Modalidad 40 depende de las características y del régimen aplicable a cada asegurado.

No todas las personas pueden obtener el mismo beneficio.

Tampoco debe confundirse con un seguro médico voluntario, pues la Continuación Voluntaria no proporciona por sí misma todas las prestaciones de atención médica del régimen obligatorio.

¿Cuáles son los requisitos generales para incorporarse?

Las modificaciones de octubre no eliminaron los requisitos generales de acceso a la Modalidad 40.

Entre las condiciones habituales se encuentra haber acumulado al menos 52 semanas de cotización durante los cinco años anteriores a la baja del régimen obligatorio.

También debe presentarse la solicitud dentro del plazo legal correspondiente, generalmente antes de que transcurran cinco años desde esa baja.

El interesado no debe encontrarse cotizando mediante una relación laboral activa en el régimen obligatorio al momento de solicitar la continuación voluntaria.

Además, debe cubrir las cuotas que correspondan conforme a las disposiciones aplicables.

La elegibilidad depende del historial individual del trabajador.

Por esa razón, las personas interesadas deben revisar sus datos ante el IMSS antes de realizar pagos o contratar servicios de asesoría relacionados con su futura pensión.

Las nuevas inscripciones tendrán límites salariales

Uno de los aspectos que más interés ha generado es el cambio en la elección del salario base de cotización.

Las nuevas reglas establecen que la contratación deberá partir del último salario registrado al causar baja del régimen obligatorio.

El máximo permitido será ese salario más una UMA, conforme a lo señalado en el acuerdo.

Esta disposición limita la posibilidad de incorporarse con un salario considerablemente mayor al que se tenía en el último empleo.

El cambio es especialmente relevante para quienes planeaban utilizar la Modalidad 40 para incrementar el promedio salarial que interviene en el cálculo de su pensión.

Sin embargo, no significa que todas las personas perderán semanas cotizadas o que las pensiones existentes serán reducidas.

El efecto concreto dependerá de la situación de cada trabajador y de si su inscripción ya estaba vigente antes del 22 de octubre.

Los nuevos trámites también cambian

El acuerdo contempla modificaciones en los procedimientos de inscripción.

Las nuevas contrataciones deberán realizarse mediante mecanismos digitales establecidos por el IMSS.

También se determina que los efectos de la incorporación comiencen a partir de la fecha en que se presenta la solicitud correspondiente.

Esto modifica las condiciones para quienes buscaban contratar el esquema con efectos anteriores a la fecha del trámite.

El Instituto deberá implementar los procedimientos necesarios para aplicar las disposiciones.

Además, se contempla la atención de situaciones particulares que no puedan resolverse mediante los mecanismos ordinarios.

Las personas interesadas deberán consultar las indicaciones vigentes del IMSS antes de iniciar el proceso.

IMSS analizará el impacto financiero de la Modalidad 40

Las modificaciones anunciadas no constituyen necesariamente el esquema definitivo.

El Consejo Técnico instruyó a la Dirección de Finanzas del IMSS a realizar un análisis sobre el impacto de la Continuación Voluntaria en la situación financiera del Instituto.

El estudio deberá elaborarse en un plazo máximo de seis meses a partir de la emisión del acuerdo.

Con sus resultados, las autoridades evaluarán la continuidad de las medidas temporales y las posibles modificaciones posteriores.

La Dirección Jurídica también tendrá un periodo adicional para preparar propuestas normativas, conforme a las instrucciones del Consejo Técnico.

Por lo tanto, las reglas podrían volver a revisarse después del análisis financiero.

Hasta que se emitan nuevas disposiciones, las personas interesadas deberán atender las condiciones vigentes desde el 22 de octubre de 2026.

¿Qué recomienda la CTM a los trabajadores de Guanajuato?

Hugo Varela Flores pidió a los trabajadores revisar su historial ante el Seguro Social.

Entre los datos más importantes se encuentran las semanas cotizadas y los salarios registrados durante la vida laboral.

También recomendó analizar la situación individual antes de asumir que las modificaciones tendrán un efecto determinado sobre la pensión.

Quienes ya estén inscritos deben verificar las condiciones de su periodo contratado.

Las personas que todavía no ingresan al esquema deben conocer los nuevos límites salariales antes de tomar una decisión.

Si existen diferencias en los registros o dudas sobre derechos adquiridos, el dirigente consideró válido acudir a las instancias correspondientes para solicitar una revisión.

La recomendación se extiende a quienes consideran que su empleador los registró con un salario inferior al que legalmente correspondía.

La discusión también involucra a sindicatos y empleadores

Para la CTM, la modificación de la Modalidad 40 abre una discusión sobre las condiciones laborales previas a la jubilación.

Varela Flores sostuvo que las centrales obreras deben impulsar mejores prácticas de registro salarial.

También planteó revisar aspectos de los contratos colectivos relacionados con las prestaciones y las aportaciones al Seguro Social.

El señalamiento coloca parte de la responsabilidad en el cumplimiento de las obligaciones patronales.

Si las empresas registran correctamente los salarios y prestaciones que deben integrar la cotización, los trabajadores cuentan con un historial más preciso para efectos de seguridad social.

La discusión no se limita, por tanto, a las aportaciones voluntarias que una persona pueda realizar después de dejar su empleo.

También abarca las condiciones bajo las cuales cotizó mientras se encontraba laboralmente activa.

CTM respalda cambios, pero reconoce el derecho a impugnarlos

La postura de Hugo Varela Flores combina el respaldo a las nuevas reglas con el reconocimiento de los mecanismos legales disponibles para los trabajadores inconformes.

El dirigente considera que las pensiones deben guardar relación con las aportaciones realizadas durante la vida laboral.

Al mismo tiempo, señaló que quienes consideren vulnerados sus derechos pueden solicitar revisiones y recurrir a la justicia federal.

Las nuevas disposiciones de la Modalidad 40 entraron en vigor el 22 de octubre de 2026 y establecen límites para las nuevas contrataciones, además de cambios en los procedimientos de inscripción.

Quienes ya estaban inscritos conservarán las condiciones de su periodo vigente, mientras que las cotizaciones anteriores mantendrán sus efectos pensionarios.

En Guanajuato, la CTM llamó a revisar los historiales salariales, exigir registros patronales correctos y analizar cada situación de manera particular.

El impacto definitivo de las medidas dependerá de las condiciones de cada asegurado y de las decisiones que adopte el IMSS después de evaluar el funcionamiento financiero del esquema.

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Fin de semana nublado en Guanajuato: pronostican chubascos, viento y mañanas frescas del 23 al 25 de octubre

Guanajuato tendrá un fin de semana mayormente nublado del 23 al 25 de octubre de 2026, con mañanas frescas, rachas de viento y posibilidad de chubascos principalmente durante la tarde del sábado. Irapuato, Salamanca, Celaya, Silao, San Miguel de Allende y Guanajuato capital figuran entre los municipios con probabilidad de lluvia, mientras que León mantendría cielo cubierto sin precipitaciones previstas. Las temperaturas máximas podrían alcanzar los 30 grados y las mínimas descender a 10 grados en San Miguel de Allende. Los pronósticos están sujetos a actualización.