Guanajuato, Gto., 29 de octubre de 2026.- El próximo lunes 2 de noviembre, miles de familias de Guanajuato acudirán a los panteones para recordar a sus seres queridos, colocar flores y participar en las actividades del Día de Muertos.
Sin embargo, para gran parte de las personas trabajadoras, la jornada transcurrirá con normalidad.
A pesar de la importancia cultural de esta fecha, la Ley Federal del Trabajo no contempla el 2 de noviembre como un día de descanso obligatorio.
Esto significa que las empresas no están obligadas, por esa sola celebración, a suspender actividades ni a pagar un salario adicional a quienes deban presentarse a trabajar.
La situación es distinta para las escuelas, que tienen su propio calendario de actividades, y para los centros laborales que establezcan condiciones especiales mediante contratos, reglamentos o acuerdos internos.
¿El 2 de noviembre es día de descanso obligatorio?
No. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece las fechas que deben considerarse de descanso obligatorio en México.
El Día de Muertos no aparece en esa disposición.
Por lo tanto, el lunes 2 de noviembre de 2026 se considera una jornada laboral ordinaria para quienes normalmente trabajan ese día.
La misma situación aplica para el domingo 1 de noviembre, fecha en la que se conmemora el Día de Todos los Santos.
Aunque ambas celebraciones tienen un significado importante para las familias mexicanas, su reconocimiento cultural no las convierte automáticamente en días de descanso obligatorio.
Las condiciones particulares pueden cambiar cuando existe un contrato colectivo, una prestación empresarial o un acuerdo que conceda descanso durante esas fechas.
¿Cuánto deben pagarte si trabajas el Día de Muertos?
Si una persona trabaja el lunes 2 de noviembre dentro de su jornada habitual, le corresponde recibir su salario ordinario.
No existe obligación legal de pagarle el doble o el triple únicamente por tratarse del Día de Muertos.
Por ejemplo, si una persona recibe 400 pesos diarios y el 2 de noviembre forma parte de sus días normales de trabajo, el pago correspondiente a esa jornada será de 400 pesos.
El hecho de que haya celebraciones religiosas, visitas a los panteones o actividades culturales no modifica por sí mismo el cálculo del salario.
Sin embargo, hay una excepción importante.
Si el 2 de noviembre coincide con el descanso semanal de la persona y el empleador le solicita trabajar, deben aplicarse las reglas correspondientes al trabajo en día de descanso.
En ese supuesto, el artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo establece un pago adicional equivalente al doble del salario por el servicio prestado, independientemente del salario que corresponda por el descanso.
Por eso, el pago depende de las condiciones laborales concretas y no solamente de la fecha.
¿Qué pasa si una empresa decide dar libre el 2 de noviembre?
Aunque la ley no obliga a suspender actividades, una empresa puede establecer el Día de Muertos como una prestación para su personal.
Algunos centros de trabajo conceden el día libre con goce de sueldo.
Otros permiten reducir la jornada, ajustar los horarios o trabajar desde casa cuando las actividades lo permiten.
Estas medidas dependen de los acuerdos existentes entre empleadores y trabajadores.
Si el descanso está reconocido en un contrato individual, contrato colectivo, reglamento o acuerdo aplicable, deben respetarse las condiciones establecidas.
No es lo mismo que una empresa conceda voluntariamente el día libre a que exista un descanso obligatorio previsto por la legislación federal.
¿Puedes faltar al trabajo el 2 de noviembre para visitar el panteón?
El hecho de que se celebre el Día de Muertos no autoriza automáticamente a ausentarse del trabajo.
Si el lunes 2 de noviembre es una jornada laboral ordinaria, las personas deben cumplir sus horarios, salvo que cuenten con un permiso, vacaciones autorizadas o alguna otra condición que justifique su ausencia.
Quienes deseen acudir al panteón o participar en las actividades familiares pueden consultar con anticipación las posibilidades de modificar su horario.
También pueden solicitar vacaciones o un permiso, de acuerdo con las políticas del centro laboral.
La recomendación es revisar las condiciones de trabajo antes de asumir que la fecha será de descanso.
¿Habrá clases el 2 de noviembre de 2026?
La situación de las escuelas es diferente a la de los centros laborales.
En el calendario escolar de educación básica se contempla la suspensión de actividades para el lunes 2 de noviembre de 2026.
Esto permite que estudiantes de preescolar, primaria y secundaria tengan un fin de semana largo relacionado con las celebraciones de Día de Muertos.
Además, el viernes 30 de octubre está programada una sesión de Consejo Técnico Escolar en educación básica, por lo que los estudiantes no tendrán clases ese día.
De esta manera, el regreso a las aulas está previsto para el martes 3 de noviembre.
Es importante distinguir entre el calendario escolar y las obligaciones laborales.
La suspensión de clases no implica que todas las personas trabajadoras tengan derecho a descansar.
Las condiciones del personal docente y administrativo dependen de los calendarios y disposiciones que correspondan a sus instituciones.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo contempla las siguientes fechas:
- 1 de enero, por Año Nuevo.
- Primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.
- Tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.
- 1 de mayo, por el Día del Trabajo.
- 16 de septiembre, por la Independencia de México.
- Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.
- 25 de diciembre, por Navidad.
La legislación también contempla el 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
Asimismo, considera los días que determinen las leyes electorales federales y locales para las jornadas electorales ordinarias.
El 1 y el 2 de noviembre no forman parte de esa lista.
¿Cuál será el próximo descanso obligatorio de 2026?
Después de las celebraciones de Día de Muertos, el siguiente descanso obligatorio será el lunes 16 de noviembre de 2026.
Esta fecha corresponde al tercer lunes de noviembre y conmemora el aniversario de la Revolución Mexicana, que históricamente se recuerda el 20 de noviembre.
A diferencia del Día de Muertos, el 16 de noviembre sí está contemplado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
Por esa razón, las personas trabajadoras tienen derecho al descanso correspondiente.
Si deben prestar sus servicios durante esa jornada, se aplica el pago adicional establecido por la ley.
¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 16 de noviembre?
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que quienes laboren durante un día de descanso obligatorio deben recibir, además del salario correspondiente al descanso, un salario doble por el servicio prestado.
En términos prácticos, esto equivale a un pago triple por esa jornada.
Por ejemplo, una persona que gana 400 pesos diarios y trabaja el lunes 16 de noviembre tendría derecho a recibir un total de 1,200 pesos por ese día.
La cantidad se integra de la siguiente manera:
- 400 pesos correspondientes al salario del día de descanso.
- 800 pesos adicionales por haber trabajado durante el descanso obligatorio.
Este cálculo corresponde al supuesto de una jornada completa y no contempla otros conceptos que pudieran resultar aplicables.
Es importante no confundir este derecho con el pago del 2 de noviembre, que no es un feriado laboral obligatorio.
¿Qué sucede si trabajas el domingo 1 de noviembre?
El domingo 1 de noviembre de 2026 coincide con la conmemoración del Día de Todos los Santos.
Tampoco es un día de descanso obligatorio por esa celebración.
Sin embargo, existe una disposición especial para quienes trabajan en domingo.
El artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo reconoce una prima dominical de al menos el 25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
Este derecho corresponde al trabajo dominical, no a la celebración religiosa.
Si el domingo también es el día de descanso semanal de la persona y debe laborar, pueden aplicarse las disposiciones relativas al trabajo en día de descanso.
Por ello, las personas que trabajen el 1 de noviembre deben revisar cuál es su jornada habitual y qué condiciones les corresponden.
¿Qué hacer si no te pagan correctamente un descanso obligatorio?
Las personas trabajadoras pueden revisar sus recibos de nómina y verificar que el pago corresponda con los días efectivamente laborados.
Cuando exista una diferencia relacionada con un descanso obligatorio, es conveniente solicitar primero una aclaración al área de recursos humanos o al empleador.
También es importante conservar documentos que permitan acreditar la relación laboral, los horarios y los pagos recibidos.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ofrece orientación gratuita sobre derechos laborales.
El plazo general para reclamar el pago correspondiente al trabajo realizado en un día de descanso obligatorio es de un año.
Este supuesto debe distinguirse de una jornada ordinaria realizada el 2 de noviembre, que no genera automáticamente el pago triple.
Día de Muertos en Guanajuato: tradición y jornada laboral
Las celebraciones de Día de Muertos tienen una presencia importante en los municipios de Guanajuato.
Durante estas fechas, las familias acostumbran colocar altares, visitar cementerios, llevar flores y recordar a sus seres queridos.
La actividad también se refleja en comercios, mercados, servicios de transporte y establecimientos que continúan trabajando durante la temporada.
Sin embargo, el significado cultural de la celebración no modifica las fechas de descanso obligatorio establecidas en la legislación laboral.
Por ello, quienes tengan programada una jornada el lunes 2 de noviembre deberán acudir a trabajar, salvo que exista un acuerdo o prestación que les permita descansar.
Lo que debes recordar antes del 2 de noviembre
El lunes 2 de noviembre de 2026 no es un día de descanso obligatorio para las personas trabajadoras de Guanajuato.
Quienes laboren durante su jornada habitual recibirán su salario ordinario, sin derecho automático a un pago doble o triple.
Las empresas pueden conceder permisos, descansos o ajustes de horario mediante sus propias políticas y acuerdos.
En educación básica sí se contempla la suspensión de clases.
El siguiente descanso obligatorio para los trabajadores será el lunes 16 de noviembre, cuando se conmemore la Revolución Mexicana.
Conocer esta diferencia permite organizar las actividades de Día de Muertos y evitar confusiones sobre los derechos laborales y las obligaciones de pago.
